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Viajar por trabajo dentro de Europa no solo implica reservar vuelos y hoteles. Cada vez más países están reforzando los controles sobre los desplazamientos laborales internacionales y exigen que los viajeros dispongan del certificado A1 desde el primer momento de actividad en el extranjero, incluso en viajes breves para reuniones, congresos o ferias.
El certificado A1 acredita qué sistema de Seguridad Social corresponde al trabajador durante un desplazamiento temporal a otro país de la UE, el Espacio Económico Europeo o Suiza.
En la práctica, permite que el empleado continúe cotizando en España y evita tener que hacerlo también en el país de destino.
Por qué debe tenerse en cuenta
Aunque muchas empresas asocian este trámite únicamente a desplazamientos largos o proyectos internacionales, la normativa actual también afecta a viajes corporativos de corta duración.
Países como Francia, Bélgica, Alemania, Austria o Países Bajos han intensificado las inspecciones y pueden imponer sanciones económicas si el viajero no dispone del documento durante el desplazamiento.
Las multas pueden alcanzar varios miles de euros por trabajador, además de generar complicaciones administrativas, posibles cotizaciones retroactivas e incidencias durante inspecciones laborales.
¿Quién debe solicitarlo?
- Trabajadores desplazados temporalmente a otro país.
- Profesionales que trabajan habitualmente en varios Estados.
- Viajeros de negocios que asisten a reuniones, eventos, visitas comerciales o congresos.
La solicitud en España se realiza ante la Tesorería General de la Seguridad Social, normalmente por parte de la empresa o del trabajador autónomo, y se recomienda tramitarla antes del viaje.
Por qué es importante para las empresas
Cobertura social
Garantiza la continuidad de la protección del trabajador.
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Doble cotización
Reduce riesgos de cotización simultánea en dos países.
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Gestión internacional
Facilita la documentación de proyectos y viajes corporativos.
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Soporte fiscal
Puede servir de apoyo documental en determinados supuestos.
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Cambios previstos en Europa
La Unión Europea ha alcanzado un acuerdo preliminar para flexibilizar esta obligación en determinados viajes de negocios de corta duración, previsiblemente inferiores a 14 días.
Sin embargo, la medida todavía está pendiente de aprobación definitiva y, hasta entonces, los desplazamientos continúan sujetos a la obligación de disponer del certificado A1.
Recomendación para empresas
Antes de autorizar un viaje internacional, la empresa debería comprobar si el desplazamiento requiere certificado A1, quién debe tramitarlo, en qué plazo y cómo se conservará la documentación para el viajero.
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